PREOCUPACIONES FINANCIERAS DE MILLENNIALS Y GENERACIÓN Z

Facebook
Twitter
LinkedIn
Pinterest
Pocket
WhatsApp

Por Obed Chávez

Debo decir que le pregunté a mis asistentes, ella estudiante de derecho en la UVM y él, estudiante de derecho de la FLDCH, qué preocupaciones financieras tienen los chicos de su edad.

Esto fue lo que me resolvieron:

¿Y tú dentro de qué supuesto te identificas?

Probablemente si tienes la edad de entre 20 a 30 años, tengas algunas preguntas, dudas e inclusive incertidumbres en algunos temas en materia fiscal, y más cuando estas se relacionan en el ámbito de las finanzas. Dentro de las principales preocupaciones se encuentran:

Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes.

Seguramente habrás oído referente a que, al cumplir la mayoría de edad, los jóvenes tienen la obligación de registrarse al Registro Federal de Contribuyentes, esto con relación al artículo 27 del Código Fiscal de la Federación, así como también en lo dispuesto en el artículo 22 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación, no obstante por muy difícil que parezca de pensar o concebir, es muy fácil y sencillo. Te recomiendo los siguientes pasos:

1.- Entrar al portal del SAT https://www.sat.gob.mx/home

2.- Dirigirse al apartado de Trámites del RFC y dar click. Posteriormente, identifica el apartado “Realiza tu preinscripción en el RFC como persona física” y sigue los pasos rellenando el formulario.

3.- Una vez terminado tu preinscripción, agenda una cita al SAT más cercano a ti para seguir con el procedimiento, no olvides llevar tu hoja de acuse de preinscripción y la documentación requerida.

Una vez estés inscrito en el RFC es de suma importancia checar el buzón tributario, ya que es una de las formas que el SAT tiene para comunicarse contigo.

Contabilidad

Como bien sabemos, según en el Código Fiscal de la Federación en México existen 2 tipos de personas fiscales: las personas físicas (es decir, cualquier persona) y las personas morales (la unión de varias personas físicas que tienen un fin específico o una razón social, como lo son las empresas). Es así como debemos elegir correctamente el régimen fiscal al cual pertenezcamos, ya que dependerá del tipo de persona, como también de la actividad económica que se realice.

Facturas y Declaración Anual

Al ser una persona que está dentro del ámbito laboral, puedes solicitar facturas dentro de los siguientes regímenes, los cuales te ayudaran a deducir tus gastos al momento de hacer tu declaración anual:

Gastos médicos: Podrás deducir los gastos médicos, esto incluye honorarios médicos y de enfermeras, dentista, consultas, gastos hospitalarios, medicinas incluidas en las facturas de hospitalización, análisis, lentes graduados.

Gastos funerarios: Este no podrá a exceder a la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual equivalente a $31,693.80 y solo podrá expedirse para ti, tu cónyugue o concubino, padres, abuelos, hijos y nietos.

Donaciones: Deben ser donativos no onerosos ni remunerativos, esto quiere decir, que no genere gasto alguno y que sea de forma gratuita, sin esperar nada a cambio

Colegiaturas: Estas deben de ser p agadas en instituciones educativas privadas (dicha institución deberá contar con autorización o reconocimiento de validez oficial) y no deberá exceder las siguientes cantidades:

Preescolar: $14,200

Primaria: $12,900

Secundaria: $19,900

Profesional técnico: $17,100

Bachillerato o su equivalente: $24,500

Aportaciones complementarias: En este punto podrás deducir aportaciones complementarias de retiro y aportaciones voluntarias realizadas directamente a tu subcuenta, siempre y cuando cumplan con los requisitos de permanencia; el monto a deducir es el que resulte menor entre 10% de tu ingreso anual acumulable del ejercicio o cinco UMA anuales equivalentes a $158,469.00.

Primas de seguros: Estos deben ser por seguros de gastos médicos complementarios o independientes de los servicios de salud públicos, no puede exceder de cinco UMA anuales equivalentes a $158,469.00 o del 15% del total de ingreso, lo que resulte menor.

Transporte escolar: Debe ser exclusivamente pagado por cheque nominativo, transferencia electrónica, tarjeta de débito, crédito y servicios.

Créditos hipotecarios: Estos deben ser destinados a casa habitación contratados con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras y no deberá exceder $4,954,197.75.

Cuentas para el ahorro: Puedes deducir depósitos en cuentas personales y especiales para el ahorro o pagos de primas de seguros que tengan como base un plan personal relacionado con edad, jubilación o retiro; estos deben ser realizados antes de presentar la declaración anual y no debe exceder al año $152,000.00

y a ti, ¿qué te inquieta?

Facebook
Twitter
LinkedIn
Pinterest
Pocket
WhatsApp

Noticias relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Suscríbete a nuestro boletín

Últimas notas

DESTACADAS